El abogado por el Ilustre Colegio de Valencia y académico de San Romualdo D. Francisco de Asís García González, pronunció el martes 17 de octubre la conferencia titulada «Maternidad subrogada» enmarcada en el curso académico 2023-2024 recién comenzado. El acto tuvo lugar en el auditorio del Centro de Congresos Cortes de la Real Isla de León, con la presencia entre el público de distintos representantes institucionales que siguieron una disertación sobre un asunto que, como el propio orador calificó, resulta «complejo».
Tras la lectura, por parte de la señora secretaria general de la Academia, Dª Adelaida Bordés, del acta del 30 de junio de 2023 por el que se acordó la celebración de esta conferencia encomendada a D. Francisco de Asís García, académico desde el 9 de abril de 2019, el señor presidente, D. José Enrique de Benito, cedió la palabra al disertador.
El conferenciante comenzó calificando la maternidad subrogada como un asunto «complejo, poliédrico y extraordinariamente controvertido, no sólo desde el ámbito del derecho, sino también desde otras disciplinas como la psicología, la antropología social, biomedicina o ética entre otras». Se trata de un hecho «que desborda nuestras actuales estructuras jurídicas» y una práctica en continuo crecimiento y expansión, aseveró D. Francisco de Asís García, que a lo largo de su intervención empleó el término «gestación por sustitución» por ser el utilizado en el ámbito jurídico primordialmente.
Admitió el conferenciante al inicio que el tema de su conferencia viene generando un debate abierto que existe en nuestra sociedad, afirmado que la gestación por sustitución «afecta gravemente a los derechos humanos, sistemáticamente vulnerados, por cuanto supone la cosificación y la violación de la dignidad de la mujer gestante y del nasciturus».
Así mismo, señaló que esta práctica está en boga porque existe «un cambio de modelo tradicional heterosexual clásico a otro heterogéneo formado por uniones de hecho, monoparentalidad, homosexualidad, familias reconstituidas en las que cada miembro aporta hijos habidos de relaciones anteriores, etc.», apostillando también que los avances y progresos incuestionables de la ciencia y de la técnica en esta materia han servido para facilitar esta práctica que se ve también incrementada, como cuarto motivo inicial expuesto por el orador, «porque existe un alarmante incremento de la infertilidad y esterilidad en el mundo que la OMS ya la declaró enfermedad en el 2009 y que para este año se estima en un 17,5% de personas afectadas. Una de cada seis mujeres en edad reproductiva padecerán este problema»
El letrado quiso comenzar también definiendo el concepto de maternidad subrogada, explicando que se trata del contrato mediante el cual la mujer gestante o madre sustituta se compromete a gestar un bebé utilizando técnicas de reproducción humana asistida, con la finalidad de entregarlo tras el parto a los padres de intención, que puede ser un matrimonio o pareja heterosexual o homosexual o personas solteras, renunciando aquella a los derechos de filiación que como madre le asisten y cediéndolos a estos últimos que realizan el encargo.
Este contrato “atípico” se clasifica según el ámbito: el retributivo o el biológico. El primero puede ser oneroso o retribuido como sucede con la mayoría de ellos o no retribuido (altruista o gratuito) cuando la gestante mantiene un vínculo de amistad o familiar con la comitente de quien recibirá una indemnización por lucro cesante como consecuencia de la pérdida de ingresos sufridos por el embarazo y del parto.
Respecto al biológico se refiere a la aportación de gametos (célula reproductora masculina o femenina de un ser vivo), tradicional cuando la gestante no sólo aporta su útero sino también sus óvulos, y gestacional cuando sólo lo hace con su útero pero no los óvulos, que serán aportados bien por la madre de intención o por una donante. Recordemos que la aportación de gametos en España es anónima, apostilló el disertador.
«Del dicho madre no hay más que una pasamos, gracias a la ciencia, a disponer de varias madres», aseveró el conferenciante: la donante del óvulo, la gestante y la madre legal comitente o madre de intención. Es una circunstancia «que quiebra el principio mater semper certa est, por el cual madre es la que gesta y da a luz, el principio pauliano, llamado así en honor del jurisconsulto romano Paulo, uno de los cinco grandes que nos dio Roma en este sentido».
D. Francisco de Asís pasó a enunciar el perfil de las mujeres comitentes, desde las que padecen problemas de salud o esterilidad, a los homosexuales «que suelen preferir esta práctica a la adopción» hasta las que presentan aversión al embarazo, deseosas de tener hijos pero obviar el embarazo, pasando por los problemas derivados del trabajo «ante la utopía que aún supone alcanzar la conciliación en el trabajo».
Pero para el conferenciante, el nudo gordiano del conflicto reside en el hecho de que, al estar prohibida esta práctica en muchos países como España, nada impide que quienes deseen secundar esta práctica salgan del país «en una especie de turismo reproductivo para ir a aquellos países donde se permite o tolera. Esto ha dado lugar a un mercado internacional muy lucrativo, a costa de la explotación reproductiva de mujeres vulnerables». Desde el punto de vista jurídico, el Sr. García González advirtió también sobre el hecho de la globalización de la economía frente a la territorialización del derecho, con leyes concretas en cada estado en base al principio de soberanía nacional. «La solución deberá ser universal o no habrá solución, lamentablemente».
Sobre el negocio lucrativo, el conferenciante ofreció unas cifras demostrativas de ello. En 2022, esta industria generó 14.000 millones de dólares, estimando que para 2025 sean 27.500 millones. La prestigiosa socióloga Ana Trejo ha aportado más datos trasladados por el conferenciante en su disertación: el 64% de este dinero irá a parar a las clínicas de fertilidad y el 36% a bufetes y agencias de intermediación. Para 2032, se espera que sean 130.000 millones de dólares.
«La realidad es que este lucro se hace sobre nichos de pobreza y marginación en un contexto de enorme desigualdad social», afirmó D. Francisco de Asís García, citando algunos de los países mayormente influenciados por esta industria, como India, México, Ghana, Ucrania, Thailandia o Kenia, entre otros.
«No hay mujeres por ahí diciendo que quieren parir para otros; el beneficio económico lo crea la demanda, el lucro de este negocio». Habló así del hecho de la «feminización de la pobreza» como factor que alimenta esta industria, basándose en que «los datos de la ONU nos indican que el 70% de la población pobre en el mundo es mujer, y es precisamente este porcentaje la prueba directa de la incidencia de la pobreza en esta práctica de la gestación por sustitución».
El conferenciante quiso entroncar su exposición y sus consideraciones como profesional basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Tribunal de Estrasburgo «y una parte importante de la doctrina a la que me uno y por lo que consideramos inaceptable estos hechos». Así, citó circunstancias como «la vulneración de la dignidad de la mujer gestante, porque ninguna persona ni sus partes pueden ser objeto de contrato».
También entró el orador sobre las consecuencias que produce la división del recién nacido sobre la madre dado «el estrechísimo lazo afectivo maternofetal que se crea durante el embarazo» e incluso hizo referencia a la recién entrada en vigor en España de la Ley de Protección Animal 2/2023, en cuyo artículo 55.7 se dictamina que «los perros y gatos podrán venderse desde un núcleo zoológico distinto al declarado como lugar de nacimiento a partir del momento en el que el animal cumpla los cuatro meses de edad». D. Francisco de Asís García matizó no estar en contra de esta materia, «pero uno tiene la sensación de que el nasciturus está menos protegido que las crías de animales. Aunque esta es otra cuestión…”, ironizó.
Tras aportar otras consideraciones relacionadas con el derecho y problemas derivados de los contratos firmados para la práctica de la gestación por sustitución, el conferenciante ofreció un panorama internacional sobre cómo se legisla esta práctica en el mundo según cada estado, las consideraciones de las organizaciones internacionales y también lo que las principales religiones practicadas por la humanidad determinan sobre ello. En sus conclusiones finales, el letrado afirmó que «el derecho debe adaptarse a las nuevas tecnologías que posibilitan la creación, como lo hace la sociedad, pero salvaguardando siempre los derechos humanos. El deseo de ser padres no puede llevarse a cabo a costa de los derechos de otros. La ley está para regular derechos y no los deseos».
Finalizada su intervención, el presidente de la Academia de San Romualdo entregó al conferenciante la reproducción del cartel anunciador del acto que se estaba desarrollando –como es habitual con cada invitado a modo de detalle- y agradeció a D. Francisco de Asís González sus aportaciones «que nos han dado conocimiento para generar opinión y criterios».
Tras anunciar el próximo acto que tendrá lugar el martes 24 de octubre, D. José Enrique de Benito procedió a levantar la sesión.
El acto completo se puede visionar en el canal oficial de Youtube de la Academia de San Romualdo a través pinchando en la siguiente imagen. También se adjunta un galería fotográfica.














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